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Reforma Tributaria 2026 en Chile: qué cambia

La Reforma Tributaria 2026 puede sonar como un tema lejano, técnico o reservado para contadores y abogados. Pero no lo es. Si usted tiene una empresa, participa en una sociedad, mantiene utilidades acumuladas, tiene inversiones, deudas tributarias o está pensando en ordenar su patrimonio familiar, esta reforma puede afectar decisiones concretas.

Lo importante es entenderla con calma. No se trata de reaccionar el último día ni de tomar decisiones apuradas. Se trata de saber qué ventanas abre la reforma, qué beneficios pueden aplicar en cada caso y que información conviene preparar desde ahora.

Al momento de redactar este artículo, el Congreso aprobó el proyecto el 4 de agosto de 2026 y el Tribunal Constitucional se pronunció el 26 de agosto de 2026, confirmando la constitucionalidad de la gran mayoría del proyecto. Entre otras materias, se mantienen el núcleo del régimen de invariabilidad tributaria y la baja gradual del Impuesto de Primera Categoría. Solo quedaron fuera algunas disposiciones puntuales, como el mecanismo de indemnización fiscal por anulación judicial de permisos ambientales y ciertos aspectos específicos de extensión del régimen de invariabilidad. Estado actualizado: Pendiente de publicación en el Diario Oficial. Fecha registrada: Aún no publicada en el Diario Oficial. Los plazos deben contrastarse con el texto definitivo y las instrucciones oficiales.

Qué cambia en simple

La reforma contiene varias medidas. Algunas son permanentes y otras son transitorias, es decir, duran solo por un tiempo.

Entre los cambios más relevantes están:

  • una baja gradual del impuesto que pagan las empresas del régimen general;
  • la eliminación de la restitución del 35% del crédito por Impuesto de Primera Categoría;
  • una ventana para pagar un impuesto sustitutivo sobre utilidades históricas acumuladas;
  • reglas para regularizar ciertos activos mantenidos en el exterior;
  • condonación de intereses y multas para determinadas deudas tributarias;
  • una rebaja transitoria al impuesto a las donaciones;
  • cambios al tratamiento tributario de ciertas inversiones bursátiles;
  • un nuevo régimen de invariabilidad tributaria para grandes inversiones.

Dicho en simple: la reforma no solo cambia tasas. También abre oportunidades para ordenar situaciones antiguas y revisar decisiones futuras.

Por qué importa para empresas

Para las empresas del régimen general, uno de los cambios más visibles es la rebaja gradual del Impuesto de Primera Categoría. Hoy muchas empresas pagan una tasa de 27%. El proyecto contempla una baja progresiva hasta llegar a 23%.

Esto puede mejorar el flujo de caja de empresas que generan utilidades. Pero no todas las empresas están en la misma situación. Una pyme acogida a otro régimen puede tener reglas distintas. Por eso, antes de sacar conclusiones, conviene revisar en qué régimen tributario está la empresa y cómo distribuye sus utilidades.

También importa la reintegración del sistema. En términos simples, esto puede mejorar la forma en que los dueños aprovechan el crédito por impuesto pagado por la empresa cuando retiran utilidades. Para muchos socios, ese cambio puede ser incluso más importante que la baja de tasa.

Por qué importa para personas naturales

La reforma también puede afectar a personas naturales.

Por ejemplo, si una persona quiere ordenar su patrimonio familiar mediante donaciones a hijos, cónyuge u otros familiares, la rebaja transitoria del impuesto a las donaciones puede ser una oportunidad. Pero no basta con donar. Hay que valorizar bienes, revisar efectos sucesorios y cumplir las reglas aplicables.

También puede ser relevante para quienes mantienen activos o inversiones en el exterior que no han sido correctamente declarados en Chile. En esos casos, la regularización exige revisar antecedentes, origen de fondos, documentos bancarios y situación tributaria personal.

Por qué importa para inversionistas

La reforma también mira la inversión. Por una parte, cambia el tratamiento de ciertas ganancias obtenidas en acciones, fondos u otros instrumentos con presencia bursátil. Por otra, crea un régimen de invariabilidad tributaria pensado para grandes proyectos de inversión.

Para un inversionista extranjero, esto puede ser relevante al evaluar Chile como destino. Pero también exige cuidado: no basta con leer la tasa general. Hay que mirar el convenio para evitar doble tributación, la forma jurídica de entrada, el tratamiento de dividendos y la estructura de financiamiento.

Qué debería revisar ahora

Antes de que la ley empiece a producir efectos, conviene preparar información. Esperar al último momento puede hacer perder tiempo valioso.

Una empresa debería revisar:

  • su régimen tributario;
  • saldos de utilidades acumuladas;
  • deudas tributarias vigentes;
  • política de retiros o dividendos;
  • inversiones actuales y futuras;
  • documentos contables y tributarios.

Una persona natural debería revisar:

  • patrimonio familiar;
  • inversiones en Chile y en el exterior;
  • bienes que podría donar;
  • deudas con Tesorería o SII;
  • respaldos del origen de fondos.

La clave: no todos deben hacer lo mismo

Un error común es pensar que una reforma tributaria genera una respuesta única para todos. No es así.

Una empresa con utilidades acumuladas puede tener una decisión distinta a una empresa que reinvierte todo. Una familia que quiere planificar una sucesión puede necesitar un análisis distinto al de una persona con inversiones fuera de Chile. Un inversionista extranjero debe mirar reglas que no siempre afectan al contribuyente local.

Por eso, la pregunta no es solo “qué dice la reforma”. La pregunta correcta es: “qué parte de la reforma me afecta a mi y que decisión conviene tomar”.

Cómo podemos apoyar

En Izquierdo Deramond Consultores podemos revisar su caso concreto, identificar qué medidas podrían aplicar y preparar los antecedentes necesarios antes de que empiecen a correr los plazos.

La reforma abre oportunidades, pero varias de ellas exigen preparación. Llegar con los documentos ordenados puede marcar la diferencia entre aprovechar una ventana o simplemente enterarse tarde.

Preguntas frecuentes

¿La Reforma Tributaria 2026 ya está vigente?

El Congreso aprobó el proyecto el 4 de agosto de 2026 y el Tribunal Constitucional se pronunció el 26 de agosto de 2026, confirmando la constitucionalidad de la gran mayoría del proyecto. Estado actualizado: Pendiente de publicación en el Diario Oficial. Fecha registrada: Aún no publicada en el Diario Oficial. El panel central mantiene los plazos y sus fuentes bajo revisión jurídica.

¿Los plazos corren desde que el Congreso aprobó el proyecto?

No necesariamente. Varias ventanas se cuentan desde la publicación de la ley en el Diario Oficial o desde fechas definidas en sus normas transitorias.

¿Conviene tomar decisiones ahora?

Conviene preparar información y hacer simulaciones. La decisión final debe tomarse con el texto definitivo y considerando el caso concreto.

¿Esta reforma afecta solo a grandes empresas?

No. También puede afectar a pymes, personas naturales, inversionistas, familias con patrimonio y contribuyentes con deudas tributarias.


Fuente legal principal

Oficio N° 21.440 y sentencia del Tribunal Constitucional; luego, ley publicada

Fuentes legales revisadas

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