Uno de los cambios más comentados de la Reforma Tributaria 2026 es la baja del impuesto que pagan las empresas del régimen general. En términos simples, la tasa del Impuesto de Primera Categoría bajaría gradualmente desde el 27% actual hasta llegar al 23%.
Esto suena simple, pero no debe analizarse en el aire. El impacto real depende del régimen tributario de la empresa, de sus utilidades, de si reparte o reinvierte, y de la situación tributaria de sus socios o accionistas.
Qué es el Impuesto de Primera Categoría
El Impuesto de Primera Categoría es el impuesto que pagan las empresas por sus utilidades. Si una sociedad gana dinero, antes de que los socios retiren utilidades o reciban dividendos, la empresa debe calcular y pagar este impuesto.
Por ejemplo, si una empresa tiene una utilidad tributaria de $100.000.000 y la tasa es 27%, el impuesto sería de $27.000.000. Si la tasa baja a 23%, el impuesto sobre esa misma utilidad sería de $23.000.000.
La diferencia parece evidente: en ese ejemplo, la empresa conservaría $4.000.000 adicionales. Pero ese número por sí solo no cuenta toda la historia.
La baja sería gradual
La rebaja no operaría de golpe. El proyecto contempla una transición por años. Eso significa que una empresa no debería planificar como si desde el primer día ya pagará 23%.
El punto práctico es este: si su empresa proyecta utilidades para los próximos años, conviene hacer una simulación con cada tasa anual. Esa simulación ayuda a decidir si conviene reinvertir, repartir, pagar deudas, contratar o esperar.
No todas las empresas están en el mismo régimen
Este punto es clave. Cuando se habla de pasar del 27% al 23%, normalmente se está hablando de empresas del régimen general.
Muchas pymes no pagan actualmente 27%. Algunas están en regímenes especiales o Pro Pyme, con reglas distintas. Por eso, una pyme no debe asumir automáticamente que esta rebaja es su principal beneficio.
Antes de sacar cuentas, hay que responder tres preguntas:
- en qué régimen tributario está la empresa;
- qué tasa paga hoy efectivamente;
- cómo tributan los socios cuando retiran utilidades.
Sin esas respuestas, cualquier conclusión puede ser equivocada.
Cómo se nota el beneficio
La baja del impuesto puede notarse principalmente en empresas que generan utilidades y necesitan caja para crecer.
Por ejemplo, una empresa que deja de pagar algunos puntos de impuesto puede usar esa diferencia para:
- financiar capital de trabajo;
- pagar proveedores;
- contratar personal;
- invertir en tecnología;
- reducir deuda;
- acumular caja para nuevos proyectos.
Pero si la empresa no genera utilidades, arrastra pérdidas o está en otro régimen, el efecto puede ser menor o incluso irrelevante en el corto plazo.
El otro cambio importante: el crédito para los socios
La baja de tasa viene acompañada de otro cambio relevante: la reintegración del sistema y el fin gradual de la restitución del 35% del crédito.
En palabras simples, cuando una empresa paga Impuesto de Primera Categoría, ese impuesto puede servir como crédito para el socio cuando retira utilidades. Bajo el sistema actual, en ciertos casos ese crédito no se aprovecha completamente, porque una parte debe restituirse.
Si esa restitución se elimina, el socio podría aprovechar mejor el impuesto ya pagado por la empresa. Para dueños que retiran utilidades, esto puede ser tan importante como la baja de tasa.
Qué debería revisar una empresa
Antes de tomar decisiones, la empresa debería revisar:
- régimen tributario actual;
- utilidades proyectadas para 2026, 2027, 2028 y 2029;
- retiros o dividendos históricos;
- saldos acumulados;
- necesidades de caja;
- situación tributaria de los socios;
- convenios de doble tributación si hay socios extranjeros.
La reforma puede ser una oportunidad para ordenar la política de retiros. Pero también puede generar errores si se toman decisiones mirando solo una tasa.
Ejemplo simple
Supongamos una empresa del régimen general con $200.000.000 de utilidad tributaria anual.
Con tasa 27%, pagaría $54.000.000.
Con tasa 23%, pagaría $46.000.000.
La diferencia anual sería de $8.000.000.
Ese ahorro puede ser relevante, pero la decisión no termina ahí. Si los socios van a retirar utilidades, también hay que calcular el impuesto final de ellos y el crédito disponible. Si la empresa tiene socios extranjeros, hay que revisar el Impuesto Adicional y el convenio aplicable.
Conclusión
La baja del impuesto a las empresas es una buena noticia para muchos contribuyentes, pero no funciona igual para todos. El análisis correcto no es solo mirar la tasa final, sino revisar el régimen, los retiros, los socios y la estrategia de la empresa.
En Izquierdo Deramond Consultores podemos ayudarle a simular el impacto de la reforma en su empresa y revisar si conviene ajustar su política de retiros, reinversión o distribución de utilidades.
Preguntas frecuentes
¿Todas las empresas bajarán del 27% al 23%?
No necesariamente. La rebaja apunta al régimen general. Las pymes pueden estar sujetas a reglas distintas.
¿Desde cuándo aplicaría la tasa de 23%?
El proyecto contempla una rebaja gradual. La fecha exacta debe revisarse con el texto definitivo publicado.
¿La baja de tasa significa que conviene retirar utilidades ahora?
No necesariamente. Conviene simular el efecto conjunto de la tasa de la empresa, el crédito para los socios y los impuestos finales.
¿Qué documentos necesito para analizar mi caso?
Al menos régimen tributario, balances, registros tributarios, retiros históricos, proyecciones de utilidad y situación de los socios.
Fuente legal principal
Modificaciones a la LIR y normas transitorias del Oficio N° 21.440
Fuentes legales revisadas
- Boletín N° 18.216-05 — ficha oficial del Senado
- Oficio N° 21.440 — texto aprobado
- Sentencia del Tribunal Constitucional, roles acumulados N° 17.828-26, 17.829-26 y 17.832-26 CPT
- Diario Oficial — publicación pendiente de incorporación
- Instrucciones del SII y Tesorería General de la República, cuando existan.
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