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Donaciones familiares: rebaja transitoria 2026

Muchas familias postergan la planificación patrimonial porque creen que es un tema complejo, caro o lejano. Sin embargo, cuando se quiere ordenar el traspaso de bienes a hijos, cónyuge u otros familiares, hacerlo tarde puede salir más caro.

La Reforma Tributaria 2026 contempla una rebaja transitoria del impuesto a las donaciones. Esto abre una oportunidad para familias que quieren adelantar parte de su planificación sucesoria en vida.

Qué es una donación

Una donación es un acto por el cual una persona transfiere gratuitamente un bien o derecho a otra. Puede tratarse de dinero, acciones, derechos sociales, inmuebles u otros activos.

En Chile, las donaciones pueden pagar impuesto. También requieren cumplir formalidades legales. Por eso, no basta con transferir un bien y pensar que todo quedó ordenado.

Qué cambia con la reforma

El proyecto contempla una rebaja transitoria del impuesto a las donaciones. En simple, durante una ventana limitada, determinadas donaciones pueden pagar menos impuesto.

La rebaja corresponde al 50% del impuesto determinado según la Ley N° 16.271, por una sola vez por cada donante. El valor total de lo donado no puede exceder el 50% del patrimonio total del donante, calculado considerando sus activos según los artículos 46 y 46 bis de la Ley N° 16.271, menos sus pasivos.

Solo pueden acogerse los potenciales legitimarios y asignatarios de cuarta de mejoras del donante, salvo que este no tenga personas en esas categorías. Además, la donación debe otorgarse por escritura pública dentro del plazo de un año contado desde el primer día del mes subsiguiente a la publicación de la ley.

Esto puede ser relevante para personas que quieren:

  • anticipar herencias;
  • ordenar sociedades familiares;
  • transferir bienes a hijos;
  • separar patrimonio personal y empresarial;
  • preparar una sucesión futura;
  • evitar conflictos familiares posteriores.

No todo se resuelve pagando menos impuesto

La rebaja puede ser atractiva, pero una donación mal planificada puede generar problemas.

Antes de donar, hay que revisar:

  • qué bien se quiere donar;
  • cuál es su valor;
  • quién recibirá la donación;
  • qué efectos tiene frente a otros herederos;
  • si existen deudas, hipotecas o gravámenes;
  • qué impuestos y gastos se generan;
  • cómo queda el control de la empresa o patrimonio.

En sociedades familiares, además, hay que mirar estatutos, pactos de socios, administración y toma de decisiones.

Ejemplo simple

Un padre quiere transferir parte de una sociedad a sus hijos. La rebaja del impuesto puede ayudar a reducir el costo tributario de esa decisión.

Pero antes hay que preguntarse:

  • cuánto vale la sociedad;
  • si todos los hijos recibirán lo mismo;
  • quién seguirá administrando;
  • qué pasa si uno de los hijos quiere vender;
  • cómo se protege la continuidad del negocio;
  • qué efecto tendrá en una futura herencia.

La planificación no es solo tributaria. También es familiar y legal.

Por qué prepararse antes

Valorizar bienes toma tiempo. Preparar escrituras, revisar títulos, analizar sociedades y coordinar a la familia también.

Si la ventana dura poco, quien espere hasta el final puede no alcanzar a estructurar bien la operación. Por eso, aunque la decisión final se tome con la ley publicada, el diagnóstico puede comenzar antes.

Conclusión

La rebaja transitoria al impuesto a las donaciones puede ser una oportunidad para ordenar patrimonio familiar. Pero debe usarse con cuidado, porque una donación tiene efectos legales, tributarios y sucesorios.

En Izquierdo Deramond Consultores podemos revisar su patrimonio, evaluar alternativas y preparar una estructura que tenga sentido para su familia y no solo para pagar menos impuesto.

Preguntas frecuentes

¿Puedo donar cualquier bien?

En principio pueden donarse distintos bienes, pero cada uno tiene formalidades, valorización y efectos propios.

¿La rebaja elimina el impuesto?

No necesariamente. Se trata de una rebaja transitoria, no de una exención total general.

¿Conviene donar antes de que salga la ley?

No conviene ejecutar sin revisar el texto definitivo. Sí conviene preparar antecedentes y valorizaciones.

¿Esto reemplaza un testamento?

No. La donación es una herramienta distinta y debe coordinarse con la planificación sucesoria completa.


Fuente legal principal

Artículo primero transitorio y Ley N° 16.271

Fuentes legales revisadas

Revise su caso con IDC

Podemos revisar antecedentes, escenarios y documentación antes de adoptar una decisión.

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