El RUT de inversionista extranjero es el número de identificación tributaria que necesita una persona natural o jurídica extranjera para realizar determinadas inversiones y actuaciones económicas en Chile. Habitualmente debe obtenerse antes de que el inversionista figure como socio o accionista de una sociedad chilena.
Este trámite no exige necesariamente que el inversionista viaje a Chile, ya que puede realizarse mediante un representante con facultades suficientes.
¿Qué es el RUT de inversionista extranjero?
Es la identificación que permite registrar tributariamente ante el Servicio de Impuestos Internos a una persona o entidad extranjera que realizará operaciones con efectos económicos o tributarios en Chile.
No es una visa, no concede residencia y no autoriza a trabajar en el país. Tampoco corresponde al RUT que posteriormente tendrá la sociedad chilena: son identificaciones diferentes.
¿Quién necesita obtenerlo?
Generalmente se requiere cuando una persona o empresa extranjera pretende:
- Constituir o participar como socia o accionista de una sociedad chilena.
- Comprar acciones o derechos sociales.
- Adquirir determinados activos o bienes en Chile.
- Realizar inversiones u operaciones que requieran identificación tributaria.
- Comparecer en actos o contratos con efectos tributarios en el país.
La necesidad concreta y el procedimiento aplicable deben revisarse según la operación y la naturaleza del inversionista.
¿El trámite cambia si el inversionista es una persona o una empresa?
Sí. Una persona natural extranjera se identifica mediante sus antecedentes personales y documento de identidad o pasaporte.
Cuando el inversionista es una sociedad extranjera, deben presentarse además los documentos que acrediten su existencia, vigencia, administración y representación. Los antecedentes emitidos en el extranjero pueden requerir apostilla o legalización y, cuando no estén redactados en castellano, traducción.
¿Qué documentos se solicitan habitualmente?
Los antecedentes pueden variar según el caso, pero normalmente se revisan:
- Pasaporte o documento de identidad del inversionista persona natural.
- Documentos constitutivos y certificados de vigencia de la sociedad extranjera.
- Antecedentes que acrediten quién puede representarla.
- Poder otorgado al representante que actuará en Chile.
- Documentos apostillados o legalizados, cuando corresponda.
- Formularios y antecedentes exigidos por el Servicio de Impuestos Internos.
Antes de firmar documentos en el extranjero conviene confirmar su contenido y formalidades, evitando poderes insuficientes, diferencias en nombres o documentos que no puedan utilizarse ante las autoridades chilenas.
¿Puede obtenerse sin viajar a Chile?
Sí. El trámite puede coordinarse mediante un representante que cuente con las facultades necesarias.
Cuando el poder se otorga en el extranjero, debe cumplir las formalidades aplicables en el país de origen y en Chile. Dependiendo del caso, puede requerir intervención notarial, apostilla o legalización y traducción.
¿Cuánto demora el trámite?
No existe un plazo único garantizado. La duración depende de la naturaleza del inversionista, la calidad de los antecedentes y la revisión que realice el Servicio de Impuestos Internos.
Las demoras suelen producirse por documentos incompletos, inconsistencias en la individualización del inversionista, poderes insuficientes o antecedentes extranjeros que no cumplen las formalidades necesarias.
¿Es lo mismo obtener RUT que iniciar actividades?
No. La obtención del RUT identifica al inversionista extranjero ante el sistema tributario chileno.
El inicio de actividades corresponde a una actuación distinta, relacionada con el comienzo de actividades económicas susceptibles de producir rentas. La necesidad de realizarla y el momento adecuado dependen de la estructura y operación concreta.
¿Por qué debe coordinarse antes de constituir la sociedad?
Cuando la persona o entidad extranjera será socia o accionista, debe estar correctamente individualizada para incorporarse a la estructura societaria.
Por eso conviene coordinar el RUT, los poderes, la documentación extranjera y la constitución de la sociedad como partes de un mismo proceso, evitando que la falta de un antecedente impida completar la operación.
Preguntas frecuentes
¿Necesito residir en Chile para obtener el RUT?
No necesariamente. Un inversionista domiciliado en el extranjero puede realizar el trámite mediante un representante con facultades suficientes.
¿Una empresa extranjera necesita su propio RUT?
Sí, cuando la propia empresa extranjera participará como socia, accionista o inversionista en una operación que requiera identificación tributaria en Chile.
¿Es el mismo RUT que tendrá la sociedad chilena?
No. El inversionista extranjero y la sociedad constituida en Chile son personas distintas y cuentan con identificaciones tributarias diferentes.
¿El RUT permite trabajar o residir en Chile?
No. El RUT es una identificación tributaria y no reemplaza los permisos migratorios que puedan resultar aplicables.
Cómo puede ayudarle Izquierdo Deramond Consultores
IDC coordina la obtención del RUT de inversionistas extranjeros, la revisión de poderes y documentos emitidos fuera de Chile y la posterior estructuración y constitución de la sociedad.
El alcance se define después de revisar si el inversionista es una persona natural o jurídica, su país de origen y la operación que pretende desarrollar en Chile.
