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Qué es la Ley 20.848 y quién califica como inversionista extranjero

La Ley 20.848, vigente desde 2015, establece el marco chileno para la inversión extranjera directa. Para acceder a su régimen específico no basta con que la inversión sea extranjera: deben cumplirse las definiciones y requisitos de la propia ley, incluido el umbral de US$ 5.000.000 del artículo 2. Una inversión por un monto menor puede igualmente efectuarse y operar en Chile conforme a las reglas generales aplicables.

La Ley 20.848 reemplazó el esquema general del antiguo DL 600 para nuevas inversiones y creó la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera (InvestChile) como sucesora legal del antiguo Comité de Inversiones Extranjeras. A diferencia del DL 600, el régimen de la Ley 20.848 no se estructura mediante un contrato de inversión negociado con el Estado.

¿Quién califica como inversionista extranjero?

El artículo 3 define como inversionista extranjero a la persona natural o jurídica constituida en el extranjero, no residente ni domiciliada en Chile, que transfiera capitales al país en los términos del artículo 2.

El artículo 2 exige, para efectos del régimen específico de la ley, una transferencia igual o superior a US$ 5.000.000 —o su equivalente en otras monedas— materializada mediante moneda extranjera de libre convertibilidad, bienes físicos, reinversión de utilidades, capitalización de créditos, tecnología susceptible de ser capitalizada o créditos asociados a inversión extranjera proveniente de empresas relacionadas.

Cuando la inversión se materializa mediante la adquisición o participación en una empresa o sociedad receptora constituida en Chile, el segundo inciso del artículo 2 agrega un requisito propio de esa modalidad: la participación debe otorgar control de, al menos, el 10% del derecho a voto, o un porcentaje equivalente de participación en el capital o patrimonio, según corresponda.

Quien califica puede solicitar voluntariamente a InvestChile el Certificado de Inversionista Extranjero. El artículo 4 establece que su finalidad es habilitar el acceso al régimen específico de la ley. InvestChile informa que el certificado se emite dentro de 15 días hábiles contados desde la presentación de la totalidad de los antecedentes requeridos.

¿Qué cambió respecto del régimen anterior?

La principal diferencia con el antiguo DL 600 es que la Ley 20.848 no exige celebrar un contrato de inversión con el Estado. El inversionista que cumple los requisitos legales puede solicitar el Certificado de Inversionista Extranjero de InvestChile y, si desea acceder al régimen específico de la ley, ese certificado es el instrumento que habilita dicho acceso.

Una inversión que no cumple los requisitos del artículo 2 no queda por ello prohibida: puede estructurarse y operar en Chile conforme a las reglas societarias, tributarias, cambiarias y sectoriales generales que resulten aplicables.

Los contratos válidamente celebrados bajo el DL 600 antes de su cierre para nuevas inversiones conservan los derechos y obligaciones que correspondan conforme a sus términos y a las disposiciones transitorias aplicables.

¿Por qué importa esto desde el primer día?

Distinguir entre la posibilidad general de invertir en Chile y el régimen específico de la Ley 20.848 evita atribuir automáticamente a cualquier empresa extranjera los derechos que esa ley reserva a quienes cumplen sus requisitos y acceden al régimen mediante el certificado correspondiente. Constituir una sociedad chilena, por sí solo, no activa el régimen de los artículos 5 y 6.

Preguntas frecuentes

¿Necesito un monto mínimo de inversión para calificar bajo la Ley 20.848?

Sí. Para calificar como inversión extranjera directa para efectos de la Ley 20.848, la transferencia debe alcanzar un monto igual o superior a US$ 5.000.000, además de cumplir los demás requisitos del artículo 2. Una inversión menor puede igualmente efectuarse y operar en Chile conforme a las reglas generales aplicables, pero no accede por esa vía al régimen específico de la ley.

¿Sigue vigente el antiguo DL 600?

El DL 600 dejó de estar disponible como régimen ordinario para nuevas inversiones, sin perjuicio de los contratos celebrados bajo ese estatuto que mantienen los derechos y obligaciones que correspondan. Las nuevas inversiones que cumplen los requisitos de la Ley 20.848 pueden acceder a su régimen específico mediante el certificado de InvestChile; las demás se estructuran conforme a las reglas generales aplicables en Chile.

¿Qué reemplazó al antiguo Comité de Inversiones Extranjeras?

La Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera (InvestChile), creada por la Ley 20.848.

Cómo puede ayudarle Izquierdo Deramond Consultores

En IDC acompañamos a inversionistas y empresas extranjeras en la estructuración legal, tributaria, contable y operativa de su entrada a Chile. Si está evaluando un proyecto, puede agendar una reunión o escribirnos por WhatsApp.

Aviso legal: Este artículo tiene fines exclusivamente informativos y generales. No constituye asesoría legal, tributaria, contable ni de ningún otro tipo y no sustituye el análisis profesional de un caso particular.

Fuentes oficiales consultadas

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