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Contratación de trabajadores en Chile: lo primero que debe saber una empresa extranjera

Fuente legal: Código del Trabajo

Contratar en Chile exige contrato de trabajo escrito, pago de cotizaciones previsionales, de salud y de seguro de cesantía, y cumplir reglas de proporcionalidad si se contratan trabajadores extranjeros. El derecho laboral chileno es marcadamente protector del trabajador — un despido generalmente requiere causal e indemnización, a diferencia de jurisdicciones más flexibles.

Contratar al primer trabajador en Chile activa un conjunto de obligaciones que van más allá del contrato individual — algo que sorprende a empresas extranjeras acostumbradas a marcos laborales más flexibles.

¿Es obligatorio el contrato de trabajo escrito?

La ley exige contrato de trabajo escrito dentro de un plazo breve desde el inicio de la relación laboral, con cláusulas mínimas obligatorias sobre remuneración, jornada y funciones.

¿Qué cotizaciones debe pagar el empleador?

El empleador debe declarar y pagar cotizaciones previsionales, de salud y de seguro de cesantía sobre la remuneración del trabajador — no son beneficios opcionales, sino obligaciones legales con plazos de declaración mensual.

¿Hay reglas especiales para contratar trabajadores extranjeros?

Si la empresa también contrata trabajadores extranjeros para trabajar en Chile, existen reglas adicionales sobre proporcionalidad de trabajadores nacionales y extranjeros en la dotación, con excepciones según el tamaño de la empresa.

¿Cuál es el error más frecuente de las empresas nuevas?

Tratar la relación laboral en Chile con la misma flexibilidad contractual que en la jurisdicción de origen — por ejemplo, asumiendo que un despido no requiere causal ni indemnización. El derecho laboral chileno es marcadamente protector del trabajador, y desconocerlo genera pasivos legales que superan por lejos el costo de haberlo estructurado bien desde el inicio.

Preguntas frecuentes

Sí, dentro de un plazo breve desde el inicio de la relación laboral.

Previsionales, de salud y de seguro de cesantía sobre la remuneración.

Sí, el derecho laboral chileno exige causal e indemnización en la mayoría de los casos.

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Aviso legal: Este artículo tiene fines exclusivamente informativos y generales. No constituye asesoría legal, tributaria, contable ni de ningún otro tipo, y no debe utilizarse como sustituto de asesoría profesional para un caso particular. Las normas citadas pueden modificarse; verifique siempre la versión vigente. Para evaluar su situación específica, contacte a Izquierdo Deramond Consultores.

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